Proyecto de Ley para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres
- Propuesta: 16/03/2018
- Apertura: 16/03/2018
- Debate: 04/03/2019
- Cierre: 04/03/2019
La presente Ley tiene como objetivo la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la eliminación de cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, principios jurídicos universalmente reconocidos.
En el plano internacional, el derecho a la no discriminación por razón de sexo, consagrado en 1948 por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fue desarrollado por la Organización de las Naciones Unidas con la aprobación, primero en 1967, de la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la Mujer, y posteriormente, en 1979, de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El Comité para la eliminación de la Discriminación contra la Mujer fue el encargado de vigilar la aplicación de la Convención por parte de los estados que la habían suscrito.
Las distintas Conferencias Mundiales de la Mujer que se fueron sucediendo desde 1975 (la primera de ellas en México, a la que siguieron las de Copenhague en 1980, Nairobi en 1985 y algo más tarde, en 1995, Beijing) consiguieron situar la igualdad de género en las agendas públicas, y convertirla en una de las prioridades de la acción de los Estados y en elemento ineludible del debate social. En 1993, la II Conferencia de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos celebrada en Viena, reconocía formalmente los derechos de las mujeres como una parte inalienable e irrenunciable de los Derechos Humanos.
Adjunto | Tamaño |
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Texto del Proyecto de Ley remitido por el Gobierno | 347.58 KB |
Enmiendas parciales al articulado | 633.24 KB |
Acta de la Comisión de debate de enmiendas al articulado | 152.63 KB |